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Condiciones Generales de Venta

BAUDET Condiciones Generales de Venta

ARTÍCULO 1 – APLICACIÓN DE LAS CONDICIONES GENERALES DE VENTA
Las presentes condiciones generales de venta se adjuntan al reverso de los pedidos y facturas de la empresa. El hecho de realizar un pedido implica la aceptación total y sin reservas por parte del Cliente de estas condiciones generales de venta, las cuales se aplican con exclusión de cualquier otra condición que pueda figurar en otro documento emitido por la empresa o su cocontratante.

ARTÍCULO 2 – PEDIDO
Cuando el pedido no se ajusta al presupuesto establecido por el vendedor, este último solo quedará vinculado por los pedidos realizados por sus empleados si cuenta con una confirmación escrita y firmada por la dirección de la empresa. Un anticipo, cuyo monto será acordado entre las partes, deberá abonarse dentro de los ocho días siguientes a la validación del pedido; de lo contrario, el pedido quedará anulado a discreción del vendedor, sin indemnización para el Cliente.

ARTÍCULO 3 – AUTONOMÍA DE LOS CONTRATOS
La celebración de un contrato de suministro simultáneamente con un contrato de instalación no implica la indivisibilidad de los contratos, que permanecen autónomos entre sí, salvo lo dispuesto en el artículo 6, párrafo 2, y la excepción expresa prevista en el artículo 7.
En consecuencia, en presencia de dos contratos que contemplan el suministro de productos y su instalación, la correcta ejecución de las prestaciones se evaluará por separado, con todas las consecuencias jurídicas subsiguientes.

ARTÍCULO 4 – PRESTACIÓN DE SUMINISTRO
El suministro corresponde a la entrega de productos ensamblados, productos por ensamblar o accesorios y equipos separados. Esta entrega se realiza en los depósitos de la empresa o en un lugar contractualmente definido. Los riesgos corren a cargo del Cliente desde la entrega de los productos vendidos bajo reserva de propiedad. El Cliente deberá asumir, a su cargo, los riesgos y peligros, la conservación y el mantenimiento.
4.1 Entrega en los depósitos de la empresa
La responsabilidad y los riesgos asociados a los productos se transferirán al Cliente desde la finalización de la carga en el vehículo de transporte (el amarre corre a cargo del transportista) o, a más tardar, desde el día siguiente a la fecha en que los productos hayan sido puestos a su disposición, sin perjuicio de las indemnizaciones y penalizaciones que el Vendedor tenga derecho a reclamar conforme al artículo 8.
Corresponde al Cliente tomar todas las disposiciones necesarias para verificar el estado de los productos entregados y señalar en el acta redactada tras la carga cualquier no conformidad o deterioro.
4.2 Entrega en otro lugar
Cuando el Vendedor realiza el transporte de los productos a solicitud del Cliente, este asumirá el coste. Además, la responsabilidad y los riesgos relacionados con el transporte se transferirán al Cliente tras el establecimiento de un acta de entrega antes de la descarga del vehículo, salvo estipulación expresa contraria.
La descarga se efectúa bajo riesgo del Cliente, quien deberá notificar cualquier daño aparente antes de la descarga.
En caso de rechazo de entrega por parte del Cliente sin justificación por no conformidad, la responsabilidad y los riesgos se transferirán al Cliente desde la salida del vehículo hacia las fábricas del Vendedor, sin perjuicio de las indemnizaciones y penalizaciones previstas en el artículo 8.

ARTÍCULO 5 – ENTREGA – PLAZOS
El Vendedor podrá proceder a entregas globales o parciales, previa notificación al Cliente.
Los plazos indicados en los pedidos validados son lo más precisos posible, pero pueden variar según las condiciones de aprovisionamiento y transporte. Salvo fuerza mayor, los retrasos inferiores a cuatro semanas no darán lugar a indemnización, retención ni anulación del pedido.
Se consideran casos de fuerza mayor: guerra, disturbios, incendio, huelga, accidentes, imposibilidad de suministro, condiciones climáticas.
El Vendedor informará oportunamente al Cliente sobre tales circunstancias. En cualquier caso, la entrega en plazo está condicionada a que el Cliente esté al día con sus obligaciones frente al Vendedor.

ARTÍCULO 6 – GARANTÍA
En el marco de la garantía por vicios ocultos conforme a los artículos 1641 y siguientes del Código Civil, el Vendedor se compromete a reparar o sustituir las piezas defectuosas, siendo la mano de obra a cargo del Cliente. Toda otra garantía queda excluida, especialmente la derivada de desgaste normal, negligencia, mal uso, etc.
Como excepción y no obstante el artículo 3, cuando el Vendedor haya suministrado e instalado los productos, dichas prestaciones estarán sujetas a la garantía legal de los constructores, incluida la garantía bienal de buen funcionamiento del artículo 1792-3 del Código Civil.

ARTÍCULO 7 – PRECIO
Los productos se suministran al precio vigente en la fecha de validación del pedido.
No obstante, si la entrega se retrasa más de 90 días desde la fecha del pedido o por causa del Cliente, el precio se revisará según la fórmula:
C = 0,169 + 0,74 x (BTm / BTo) + 0,091 x (Icm / Ico)
Donde:
C = coeficiente de revisión; 0,169 = parte de costes fijos;
0,091 = parte de material compuesto y mano de obra asociada; 0,74 = parte de material no compuesto y mano de obra asociada;
ICm = último índice GEPIC conocido al día de entrega; ICo = índice GEPIC al validar el pedido;
BTm = índice BT01 al día de entrega; BTo = índice BT01 al validar el pedido.
Las facturas se pagan en la sede del Vendedor a 30 días fin de mes desde la fecha de facturación; si se paga por giro, este deberá ser aceptado.
En caso de pago anticipado, se concederá un descuento calculado como: [(tasa Euribor 3 meses / 12) x número de meses anticipados].

ARTÍCULO 8 – PENALIZACIONES
8.1 Retraso en el pago
En caso de retraso, el Vendedor podrá suspender los pedidos en curso, sin perjuicio de acciones judiciales. Toda suma impagada en su vencimiento generará automáticamente y sin requerimiento previo, intereses de demora al tipo legal vigente multiplicado por 1,5. Estos intereses correrán desde el vencimiento hasta el pago.
8.2 Incumplimiento de pago
48 horas después de una reclamación sin efecto, la venta se resolverá automáticamente si así lo decide el Vendedor, quien podrá solicitar la devolución de los productos en procedimiento sumario, sin perjuicio de daños e intereses. Esta resolución afectará no solo al pedido en cuestión, sino también a todos los anteriores impagados, estén entregados o no.
8.3 Rechazo de entrega
Si el Cliente rechaza injustificadamente recibir parte o la totalidad de los productos disponibles en los depósitos o en el lugar acordado, el Vendedor podrá facturar y exigir el pago completo del pedido, aplicar penalidades de almacenamiento del 1% diario sobre el valor total del suministro, con IVA incluido, además de otros costes (transporte, manipulación, etc.).
8.4 Pérdida del plazo
En los casos anteriores, las sumas debidas por otras entregas se harán exigibles de inmediato si el Vendedor no opta por resolver esos pedidos. El Cliente deberá reembolsar todos los gastos de cobro judicial, incluidos honorarios de funcionarios judiciales. No se aceptarán compensaciones ni suspensiones de pago sin autorización escrita. Todo pago parcial se imputará primero a la parte no privilegiada, luego a la deuda más antigua.

ARTÍCULO 9 – RESOLUCIÓN AUTOMÁTICA
En caso de incumplimiento por parte del Cliente y salvo lo previsto en el artículo 5, la venta se resolverá automáticamente, sin intervención judicial, si así lo decide el Vendedor, 15 días después de un requerimiento por carta certificada sin respuesta, y sin perjuicio de daños e intereses.

ARTÍCULO 10 – RESERVA DE PROPIEDAD
La propiedad de los productos se transfiere al Cliente solo tras el pago total del precio.
En caso de impago en el plazo acordado, el Vendedor podrá reclamar los productos en posesión del Cliente.
Si el Cliente es un distribuidor, deberá asegurar que los productos sean identificables; los productos en stock se presumirán impagados.

ARTÍCULO 11 – JURISDICCIÓN – LITIGIOS
En caso de litigio relacionado con la formación o ejecución del pedido, y si no se resuelve amistosamente, serán competentes exclusivamente los tribunales del domicilio social del Vendedor.

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